miércoles, 28 de abril de 2010

प्रेसेंतासिओं LOCTI





UNIVERSIDAD
GRAN MARISCAL DE AYACUCHO VICERRECTORADO ACADÉMICO
RIF J-08023168-6

RIF J-08023168-6

Señor:
Barcelona.
Presente.
Ante todo reciban un cordial saludo de parte de las Autoridades y del Equipo de Ciencia y Tecnología de la Universidad, en la oportunidad de hacer de su conocimiento la información referida a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI). Esta normativa entró en vigencia en agosto de 2005, estableciendo a las empresas que facturan anualmente 100.000 o más unidades tributarias (UT), la obligación de contribuir con un porcentaje del 0,5% a 2% según sea su actividad, de dicho monto para el impulso de la ciencia y la tecnología en el país. El monto correspondiente puede aplicarse en la propia empresa para fomentar su desarrollo competitivo y tecnológico, o puede ser aportado a instituciones universitarias para el desarrollo de proyectos de investigación, proyectos comunitarios, innovación o para mejorar su calidad académica.
Por lo tanto, este Capital podrá ser destinados por la empresas a financiar proyectos de Inversión que mejoren su capacidad productiva en áreas como: formación y capacitación de empleados y obreros, reorganización gerencial, reingeniería operacional, sistemas de información, estudios de mercado, redes de proveedores, mejoramiento de procesos gerenciales y productivos, mejoramiento de materias primas y equipos ,creación de centros de investigación e innovación, y otros de interés de la propia empresa.
Los recursos orientados al aporte de proyectos universitarios abarcan una diversidad de oportunidades tales como: formación de talento humano, becas, centros de investigación, centros de información y estadísticas, laboratorios, eventos científicos, tesis de postgrado, proyectos de investigación sobre medio ambiente natural y social, proyectos comunitarios y otros similares de interés para el desarrollo de la ciencia y la tecnología en función de la región.
La UGMA se ha propuesto ocupar un lugar importante entre las instituciones universitarias que promueven el Desarrollo Científico y Tecnológico en función del desarrollo nacional, haciendo alianzas estratégicas de trabajo con las empresas para mejorar su desempeño económico y social, para lo que coloca a su disposición todo el talento humano con que cuenta con el propósito de asesorarlas en el cumplimiento de la LOCTI.
Nos gustaría concertar una reunión con ustedes, para profundizar el contenido de esta novísima Ley y crear un convenio de actividad conjunta respecto al contenido señalado.

Atentamente,
Gamal Rukoz
Coordinador de Investigacion
Facultad de Ingenieria
Tlf।: 04141992845



Algunas preguntas frecuentes sobre la “Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e innovación” (LOCTI)
¿Cuál es el objetivo de la LOCTI?
R: Promover, estimular y fomentar la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a los fines de fomentar la capacidad para la generación uso y circulación del conocimiento e impulsar el desarrollo nacional y tiene su fundamento legal en el Artículo 110 de la Constitución.

¿Qué se entiende por inversión, a efectos de la LOCTI, en Ciencia, Tecnología e Innovación (C+T+I)?
R: Cuando la empresa invierte recursos propios, en proporción al monto de su aporte en sí misma, en sus empresas asociadas, consorciadas, filiales, o en empresas del mismo sector de actividad a que ésta se dedique, para el desarrollo de las actividades contenidas en el Artículo 42 de la LOCTI (Art. 2, numeral 9 del Reglamento Parcial de la LOCTI).

¿Qué se entiende por Aportes en C+T+I?
• Cuando se destinan recursos (dinero, bienes, servicios) para programas, proyectos o actividades que van a ser desarrolladas por los entes, institutos, centros de investigación y en general cualquier persona pública o privada cuyo proyecto haya sido certificado como beneficiario de dichos aportes.
• Cuando se destinan cantidades de dinero a favor de los fondos dependientes del MPPCT y/o a organismos adscritos al MPPCT.

¿Qué se entiende por Grandes Empresas?
R: Son aquellas que tengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a 100.000 unidades tributarias (100.000 UT) Artículo 44 de la LOCTI, como:
• Compañías anónimas y sociedades de responsabilidad limitada.
• Sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, comunidades, cualquier sociedad de personas incluidas las irregulares o de hecho.
• Asociaciones, fundaciones, corporaciones y entidades jurídicas y económicas.
• Establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.

¿Qué es el Sistema Nacional de Ciencia tecnología e Innovación (SNCTI)?
R: Es el conjunto de personas, organizaciones públicas o privadas y las relaciones existentes entre ellas dedicadas a desarrollar procesos de investigación, producción y transferencia de conocimientos, dirigidos a la construcción de una cultura científico técnica, cuyo organismo rector es el MPPCT.

¿Qué se entiende por ingresos brutos a efectos de la LOCTI?
R: Son los beneficios o proventos económicos que obtiene la gran empresa o sujeto obligado e integrante del SNCTI, por cualquier actividad que realice, sin tomar en consideración los costos o deducciones en que haya incurrido para obtener dichos Ingresos.

¿Qué porcentaje se establece en la Ley para el aporte e inversión de las Grandes Empresas?
1- Las empresas del país que se dediquen a las actividades establecidas en las Leyes Orgánicas de Hidrocarburos e Hidrocarburos, Gaseosos deberán aportar o invertir el 2% de los ingresos brutos (Artículo 35 LOCTI).
2- Las empresas que se dediquen a la explotación minera procesamiento y distribución, distribución y transmisión de electricidad 1% de los ingresos brutos (Artículo 36 LOCTI).
3- Otros sectores productivos (bienes y servicios) 0,5% de los ingresos brutos (Artículo 37 LOCTI).

¿Cuánto es el porcentaje de inversión o aporte de la inversión extranjera?
R: Las sociedades, comunidades o entidades constituidas y domiciliadas en el exterior o constituidas en el exterior y domiciliadas en Venezuela, que realicen actividades en el territorio nacional, mediante cualquier modalidad, inversión directa, o contrato a ser ejecutado en Venezuela y sean consideradas Grandes Empresas, deben invertir o aportar en cualquiera de las actividades señaladas en el Art. 42 de la LOCTI, los porcentajes establecidos en los artículos 35, 36 y 37, según el caso, atendiendo a la rama de actividad que ellas se dediquen o desarrollen, utilizando como base de cálculo los ingresos brutos anuales obtenidos por el desarrollo de dichas actividades (Art.38 LOCTI).

¿Dónde se registran las Grandes Empresas que están obligados por Ley a Invertir/Aportar?
R: En el portal del Sistema para Declaración y Control de Aporte-Inversión en Ciencia Tecnología e Innovación (SIDCAI).

¿Cómo se calcula el monto a invertir/aportar?
R: Se calcula tomando como base los ingresos brutos del ejercicio económico anterior al que corresponda cumplir con la obligación de aportar o invertir (Art.12 del Reglamento Parcial LOCTI).

¿Puedo deducir del monto al que estoy obligado a invertir/aportar, los gastos de inversión que haga en la misma empresa?
R: Si, siempre y cuando cumplan con los supuestos establecidos en el Art. 42 de la LOCTI y sean efectivamente pagados durante el ejercicio económico anual al que corresponda cumplir con la obligación.

¿Dónde y cuándo debo declarar los aportes e inversiones?
R: En el URL: http://sidcai.oncti.gob.ve los tres primeros meses después del cierre del ejercicio económico. Si es inversión en la empresa, lo declaro en forma de Proyecto. Si es aporte a un beneficiario diferente a organismos del MPPCT, debo declarar a qué organismo y a qué proyecto hice el aporte. Si es aporte a organismos dependientes del MPPCT, declaro a cuál organismo del Ministerio hice el aporte.

¿Cuándo deben Invertir/Aportar las Grandes Empresas?
R: Durante todo el ejercicio económico al cual le corresponda cumplir con la obligación. Por ejemplo, si su ejercicio terminó el 31 de julio de 2007, debe cumplir con su obligación del 01/08/2007al 31/07/2008. Si terminó su ejercicio económico el 31/12/2007, debe cumplir con su obligación del 01/01/2008 al 31/12/2008.
¿Qué puedo hacer si no completé la cuota parte que me corresponde aportar o invertir?
R: La diferencia debe ser cancelada mediante depósito a favor de alguno de los fondos, órganos o entes adscritos al MPPCT, dentro de los 30 días siguientes al momento de efectuada la respectiva declaración (Artículo 24 del Reglamento Parcial de la LOCTI).

¿Existe algún formulario para elaborar los proyectos?
R: No, pero en el en el portal del SIDCAI puede encontrar las pautas mínimas exigidas para la presentación del proyecto, que contempla:
• A que actividad del Art. 42 está referido el Proyecto.
• Título del proyecto.
• Problema a resolver.
• Antecedentes del problema.
• Objetivo (s) general (es) a lograr.
• Actividades a desarrollar para lograr el/los Objetivo (s) general (s).
• Plan de ejecución del proyecto desagregado por actividad, período y monto.
• Productos esperados.
• Impacto socioambiental (si corresponde).

¿Qué ocurre si un proyecto ya declarado no califica como inversión/aporte?
R: El ente fiscalizador determinará lo que procede al respecto.
¿Cómo deben proceder las Empresas cuando van a efectuar aportes a Beneficiarios distintos a los organismos del MPPCT?
R: El aporte deberá hacerse durante el ejercicio económico al que corresponda cumplir con la obligación de aportar, para lo cual las empresas deben firmar un convenio y/o contrato con el beneficiario donde se especifique:
• El nombre del proyecto al cual se está otorgando el aporte
• El monto del aporte
• Cualquier otra cláusula que permitan clarificar el cumplimiento del aporte

¿Cuándo podrán las Empresas efectuar aportes a los organismos del MPPCT?
R: Lo podrán realizar en cualquier oportunidad durante el ejercicio económico correspondiente (Art. 13 del Reglamento Parcial LOCTI) y después del cierre del ejercicio económico y dentro de los treinta días siguientes al momento de efectuada la respectiva declaración de aportes/inversión (Art.24 del Reglamento Parcial LOCTI). El MPPCT, por vía de Resolución podrá establecer prórrogas para efectuar aportes a beneficiarios.

¿Cómo demuestran las Grandes Empresas las Inversiones realizadas?
R: Las grandes empresas que destinen su inversión en la ejecución de proyectos científicos, tecnológicos y de innovación de los establecidos en el Art. 42 de la Ley, deberán llevar libros de contabilidad auxiliares u otros registros contables que muestre un reporte auditable de los ingresos y egresos de dichos proyectos. Además, los documentos, transacciones y demás actividades donde se determine el cumplimiento de la LOCTI.

¿Qué deben tomar en consideración las Grandes Empresas al momento de planificar la inversión en maquinarias y equipos importados?
R: Deben asegurase que esta inversión conduzca a una transferencia tecnológica para el país, que se garantice la apropiación del conocimiento.

¿Qué inversiones en C+T+I no son calificadas como tal en la LOCTI?
R: Las que no estén consideradas en el Artículo 42 de la LOCTI, las que no aseguren la transferencia de tecnología al país, las que colidan con otras leyes como por ejemplo: la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), y la Ley Orgánica de Conservación Ambiental (LOCA).



RECAUDOS QUE DEBE ENTREGAR LA EMPRESA PARA FIRMAR CONVENIO

· ACTA CONSTITUTIVA Y ASAMBLEAS DE MODIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL.
· R.I.F. ACTUALIZADO DE LA EMPRESA.
· ULTIMA DECLARACIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
· COPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL.
· CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL SIDCAI.



Información LOCTI:
Doc. América Salazar Tlef.: 04148140998 americaeduviges@yahoo.com, Coordinadora de curricula
Ing. Gamal Rukoz, Telf.: 0414-1992845, gamal.rukoz@hotmail.com
Coordinador de Investigación Facultad de Ingeniería UGMA.


PROYECTOS EN EL SIDCAI
Diseño de un laboratorio de proceso METALMECANICOS para la Universidad Gran Mariscal de Ayacucho-Núcleo El Tigre
Mejoramiento de la calidad de servicios prestados por la empresa, con la incorporación de nuevas tecnologías
Mejoramiento de la calidad de servicios prestados por medianas empresas
Modelo de gestión para el funcionamiento y dotación de los laboratorios en la escuela de ingeniería de mantenimiento, UGMA-Núcleo El Tigre.
Programa de formación continúa para estudiantes, docentes y comunidad civil organizada en valores, ética y derechos humanos.
Diseño de un plan para el manejo de las distintas corrientes de desechos generados en los establecimientos de salud (públicos y privados), en el Estado
Estrategias de gestión participativa para enfrentar el deterioro urbano-ambiental en las comunidades del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui
Diplomado en Alta Gerencia Bancaria
Programas de actualización gerencial para el sector financiero
Postgrado en ciencias gerenciales para el sector financiero
Programa integral de desarrollo de capital humano para el sector financiero
Cuantificación y medición de efluentes contaminantes en la cuenca baja del Río Neveri
Adecuación de infraestructura y actualización de equipos de los laboratorios de la escuela de odontología ugma
Mantenimiento correctivo y actualización del equipamiento de laboratorios de materiales, Termofluidos y Física, de la Facultad de Ingeniería de la UGMA
Dotación de camas a la clínica odontopediatrica de la Universidad Gran Mariscal de Ayacucho
Mejoramiento de la calidad de vida e impacto ambiental de comunidades indígenas
Programa de becas
Centro de Investigación de Postgrado
Desarrollo de Centro de Innovación y Emprendimiento(CIE-UGMA)
Desarrollo de centro de Estudios Ambientales(CEAM-UGMA)
Premio a la innovación educativa en ciencia y tecnología.
Post grado en gerencia
Programas de actualización gerencial
Mantenimiento de las unidades de la clínica odontopediatrica de la Universidad Gran Mariscal de Ayacucho
Actualización y dotación de equipos y materiales al laboratorio de aguas y suelos de la escuela de ingeniería del ambiente y de los recursos natural
La creación de planes para el desarrollo de la conservación del medio ambiente por las empresas; para su buen uso, conservación y protección.
Mejoramiento y capacitación del capital humano de la empresa
Beca un talento: programa académico de apoyo económico a estudiantes de recursos limitados
Formulación de proyectos en el marco de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación
Creación del Laboratorio de Computación.
Concurso Interamericano de Derechos Humanos.
Creación de una sala de computación para la Casa Hogar San José
Dotación del laboratorio de física del núcleo de la UGMA en Cumaná, Estado sucre
Dotación de laboratorio de computación en el Escuela de Derecho del Núcleo de Cumaná
Creación de Auditorio de Desarrollo Temático, Tecnológico y de Innovación dentro de la Universidad Gran Mariscal de Ayacucho.
Creación de sala de audiencia para la Escuela de Derecho, en el Núcleo de Cumaná.
Diplomado de derecho agrario Modalidad E-Learning



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BIENVENIDA A MI BLOGS GAMAL RUKOZ

Hola espero sea grata esta experiencia. Te informo que soy asesor LOCTI y te puedo orientar para tus proyectos LOCTI, de esta manera puedes hacer inversión dentro de tu propia compañia y los dineros que debes aportar por ley si superas los 100 mil unidades tributarias puedes desarrollarlos dentro tu propia compañía , estas invitado (a) a esta nueva aventura del conocimiento y la creación de proyectos . Al conectarte a este blogs experimentaras y aprenderas en la realización de proyectos que ayuden de alguna u otra forma si quieres saber más sumergete en esta aventura TE ESPERAMOS¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ GAMAL RUKOZ